Tras el histórico fallo de la Justicia Federal que reconoció el derecho de miles de compradores de vehículos 0 kilómetro en Tierra del Fuego a reclamar la devolución de sumas cobradas de más, comenzaron a multiplicarse las consultas de personas que buscan saber si están alcanzadas por la sentencia y cuáles son los pasos a seguir.
Ante ese escenario, los abogados Francisco Rauch y Federico Aciar, representantes de la demanda colectiva, publicaron un documento con respuestas a las preguntas más frecuentes de los integrantes de la denominada "clase" beneficiada por el fallo al que accedió Critica Sur para responder dudas ante la cantidad de inquietudes que surgieron en las ultimas horas respecto al tema.
Además de aclarar cómo continuará el proceso judicial, los letrados explicaron quiénes podrán reclamar, cuándo deberán hacerlo y advirtieron sobre posibles intentos de estafa.
Según explican los abogados, el fallo "otorga el derecho a todos los miembros de la clase demandante a ser indemnizados por la apropiación de los beneficios que la Ley 19.640 les otorga".
Aclaran que por "miembros de la clase" se entiende a todas las personas que residían o residan en el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego al momento de adquirir un vehículo 0 kilómetro y registrarlo en la provincia.
En ese sentido, precisan que la sentencia alcanza a:
De acuerdo con el documento difundido por el estudio jurídico, cada integrante de la clase tendrá derecho a reclamar una reparación compuesta por tres conceptos:
Los abogados aclaran que todavía no corresponde iniciar gestiones individuales.
Explican que, una vez que exista una sentencia firme, comenzará una segunda etapa del proceso en la que cada beneficiario deberá presentarse para solicitar el cumplimiento de la sentencia y la liquidación correspondiente.
En esa instancia también podrán requerirse medidas cautelares, como embargos preventivos sobre bienes de las automotrices demandadas.
Sí. El estudio sostuvo que todo adquirente de un vehículo 0 kilómetro registrable en Tierra del Fuego podrá incorporarse a la clase una vez que comience la etapa de ejecución de la sentencia.
La recomendación es clara: todavía no deben hacerlo.
Los abogados indicaron que "no es necesario que lo hagan hasta que exista una sentencia firme para ejecutar, lo cual será oportunamente informado en esta publicación".
La respuesta del estudio es contundente: no.
"Ningún adquirente de vehículos de las demandadas debe abonar a este Estudio o a ningún otro abogado, intermediario o gestor (incluyendo supuestos representantes de concesionarias o de las demandadas) suma alguna en concepto de honorarios", señalaron.
Finalmente, Rauch y Aciar alertaron sobre la aparición de personas que podrían intentar aprovechar la repercusión del fallo.
"Cuídense de estafadores, pescadores de ingenuos o improvisados", advirtieron.
Además, indicaron que ante cualquier ofrecimiento o duda, los interesados pueden comunicarse directamente con el estudio jurídico para verificar la información y recibir asesoramiento sobre el procedimiento que corresponde seguir.
Ante cualquier ofrecimiento o duda, si lo desean pueden denunciar el hecho al correo electrónico [email protected] y recibirán de inmediato una respuesta sobre el consejo legal y procedimiento a seguir.