Las empresas bajo el amparo del subrégimen de promoción industrial “podrán presentar una solicitud ante la autoridad de aplicación a los fines de que evalúe la modificación del porcentaje de aportes dirigido al Fondo” en caso de “estimar que alguna modificación en las condiciones tributarias y/o arancelarias produjera alteraciones en la competitividad para todos o alguno de los bienes producidos”.
En ese sentido, vale recordar que el 15 de enero último entró en vigencia el Decreto 333/2025 que eliminó los aranceles para la importación de teléfonos celulares, una medida de impacto directo en la industria fueguina.
La normativa publicada este martes aclara que el pedido de reducción de aportes al FAMP se podrá otorgar “hasta tanto se restablezcan las condiciones originales” establecidas en el artículo 5 del Decreto N° 727/21.
“La Autoridad de Aplicación resolverá la o las peticiones formuladas mediante acto administrativo (…) previa consulta al Comité Ejecutivo del FAMP- FUEGUINA, quien deberá dictaminar sobre la efectiva afectación a los proyectos vigentes y sobre el impacto de la modificación en la recaudación; asimismo, recomendará la aprobación o rechazo de la petición y en su caso, la posible reducción aplicable”.
Sobre esto último, la Resolución 19/2026 establece que “la reducción del porcentaje de aporte establecido podrá tener efecto para todas las empresas que produzcan bienes afectados por las alteraciones de las condiciones de competitividad” (en este caso los cambios arancelarios), por lo que “la misma deberá ser directamente proporcional a la afectación manifestada, pudiendo establecerse en un 0% en aquellos supuestos en los que se ponga en riesgo la capacidad productiva de las empresas y/o los puestos de trabajos generados”.
Sobre el FAMP-FUEGUINA
Creado a través del Decreto N° 725 /2021, el denominado “Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP-Fueguina)” se trata de un fideicomiso cuyos recursos, aportados por las empresas de la industria fueguina, deben orientarse “a la ejecución y financiamiento de proyectos productivos”.
La premisa es conocida: se busca impulsar una ampliación en la matriz productiva y que mejoren la competitividad en Tierra del Fuego.
Con esta modificación en la normativa, las empresas podrían reclamar que sus aportes mensuales obligatorios sean inferiores al 15% actual, lo que repercutirá en la recaudación del FAMP, cuyo monto actual asciende a más de 200 millones de dólares.